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La UE obliga a limitar las facturas de datos en roaming

Desde hoy los operadores de telefonía móvil europeos están obligados a ofrecer a los clientes la posibilidad limitar a sus facturas cuando utilicen el teléfono móvil para navegar por Internet en otros países de la Unión Europea (UE). Este es uno de los motivos más habituales de reclamaciones y cabreos por parte de los usuarios que por error o malentendido de las tarifas reciben facturar sorpresa tras el uso de datos en roaming.

Remember from Spain

Aunque esta normativa se aprobó en junio del año pasado hasta hoy no tenían la obligación de ofrecer un mecanismo por el que, después de un aviso, la conexión a internet de los usuarios cuando estén en el extranjero se cortará automáticamente una vez que su factura haya alcanzado un límite específico.

La regulación europea obliga desde hoy a los operadores a ofrecer un límite mensual de 50 euros de descargas de datos en itinerancia o el que el cliente desee establecer. Además los operadores tendrán que avisar a los usuarios cuando hayan consumido el 80% del límite máximo elegido.

De momento los consumidores tienen que poner el límite, pero, a partir del 1 de julio se fijará de manera automática en 50 euros. Además, la legislación europea ha situado en 1 euro el precio que los operadores deben pagar entre sí por cada megabyte descargado, lo que debería traducirse en rebajas de las tarifas para los consumidores.